Preliminar y definiciones
0.1. Objeto. Este documento establece las normas exigibles que rigen la participación de investigadores, empresas y equipo de triaje en la plataforma de Secur0.
0.2. Relación con los Principios. Estas normas se interpretan y aplican conforme a los Principios de Triaje. La norma que los contradiga resulta inaplicable en la parte contradictoria.
0.3. Definiciones. Se aplican las definiciones de la sección 2 de los Principios de Triaje.
0.4. Versión vigente. La versión vigente de este documento es en todo momento la última publicada por Secur0. Las modificaciones rigen hacia el futuro.
0.5. Guía pública de criticidad. Secur0 mantiene una guía pública y razonada de decisiones de criticidad, organizada por comportamiento alcanzable. Su versión vigente es en todo momento la más reciente publicada, y es la única aplicable tanto a la adjudicación como a la disputa. La guía es citable por cualquiera de las partes.
0.6. Cauce de modificación. La guía se modifica en su repositorio público conforme a su guía de contribución. Ninguna otra vía altera la interpretación que recoge.
0.7. Convención de referencia. Cada norma lleva un identificador estable formado por parte y modalidad: H investigador, E empresa, T triaje y función CNA; D derecho, O obligación, P prohibición, F facultad. La numeración es corrida dentro de cada par y no indica materia.
0.8. Infracciones. Las normas identificadas en este documento como infracción pueden dar lugar a medidas sobre la participación en la plataforma, conforme a lo previsto en 0.10. Tales medidas no alteran en ningún caso la validez ni la criticidad de un reporte ya adjudicado.
0.9. Trato entre las partes. Investigadores, empresas y equipo de Secur0 se tratan con respeto, profesionalidad, amabilidad y buena fe, y se dirigen entre sí en la forma que cada parte haya manifestado preferir, de forma general o expresa. No se admite trato desconsiderado, acoso, contacto inapropiado ni distinción alguna por razón de género, raza, orientación sexual, religión, origen o cualquier otra condición personal. Su incumplimiento constituye infracción para cualquiera de las partes.
0.10. Prevalencia de la carta del programa. La carta de engagement de cada programa prevalece sobre estas normas en materia de alcance, de validez y de aceptación de reportes. La criticidad y su determinación se rigen en todo caso por estas normas y por la guía pública de criticidad.
0.11. Equipos. A efectos de duplicidad, precedencia, ventanas de reporte, créditos y medidas de participación, los miembros de un mismo equipo se consideran una sola parte. Quien participe en equipo lo hace constar.
0.12. Canal de notificación. Secur0 habilita un canal de notificación para las comunicaciones relevantes de un reporte, incluidas las solicitudes de revisión, de forma que no dependan exclusivamente de las notificaciones de la plataforma.
0.13. Medidas sobre la participación. Las medidas a que se refiere 0.8 las determina Secur0 y se aplican de forma proporcionada a la infracción apreciada y a su reiteración. No alteran en ningún caso la validez ni la criticidad de un reporte ya adjudicado.
Las Normas se publican en cuatro partes: preliminar y definiciones, normas del investigador, normas de la empresa, y normas del triaje y de la función CNA. La convención de los identificadores (
HD,HO,HP,EO,EF,EP,TO,TF,TP) se explica en 0.7, en la parte preliminar.